Procedimiento Disciplinario y Sancionador

1. PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO (PAD): Abogados Especialistas en los Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Ley del Servicio Civil N°30057 y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS y otros.

Defensa ante las siguientes Sanciones:  

  1. Amonestación Escrita. 
  2. Suspensión. 
  3. Destitución. 
  • Descargos, Recurso de Reconsideración, Quejas.
  • Apelaciones ante el Tribunal de Servicio Civil-TSC
  • Contencioso Administrativo (Poder Judicial)

 ABSOLUTA SERIEDAD Y GARANTÍA.

2. PROCEDIMIENTO SANCIONADOR (PAS)El concepto habitual que tenemos de un procedimiento administrativo es el de ser el conjunto de actos que se desarrollan entre una entidad pública y un administrado, que tiene como resultado la emisión de un acto administrativo que otorga o reconoce un derecho del administrado. Pero el procedimiento administrativo también puede tener por finalidad, fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones legales que regulan el funcionamiento de los distintos sectores del Estado. Si como consecuencia de estos procedimientos de fiscalización se determina que un administrado ha cometido una infracción contra las normas legales que le son aplicables, se procederá entonces a la imposición de una sanción. Así es como se configura el procedimiento administrativo sancionador.

  • Patrocinio en la interposición de Recursos Administrativos (Reconsideración, Apelación y Revisión).

  • Asesoría y Defensa en Procesos Administrativos Sancionadores.

  • Asesoría ante servicios públicos (Telefonía, TV por Cable, Internet, Luz Agua) y sus Procedimientos Administrativos ante INDECOPI, OSIPTEL, OSINERGMIN, SUNASS, OSITRAN, etc.